CG-068-2022

dc.contributor.authorPomboza-Tamaquiza Pedro Pablo
dc.contributor.authorChuquizala-Viera José Luis
dc.date.accessioned2023-08-07T19:34:46Z
dc.date.available2023-08-07T19:34:46Z
dc.date.issued2022-10-19
dc.descriptionARTÍCULO 1.- No aceptar la impugnación presentada por la postulante Nataly Andrea Cáceres Santacruz, quién se postuló al cargo de Profesor a Tiempo Completo Auxiliar 1, para el Tronco Común, por los siguientes argumentos: - La postulante no presenta certificado de suficiencia lingüística, dominio oral y escrito o la aprobación de al menos 3 niveles en lenguas ancestrales; la Comisión Gestora, una vez revisado el Reglamento Interno de concurso de la UINPIAW, en donde establece que, para ocupar el cargo de profesor auxiliar, los postulantes deben presentar certificado de acreditar suficiencia lingüística, dominio oral y escrito o la aprobación de al menos 3 niveles en uno de los idiomas ancestrales por lo tanto, la postulante no cumple con el requisito establecido. ARTÍCULO 2.- Se ratifica lo actuado por la Comisión de Evaluación. ARTÍCULO 3.- Disponer a la Comisión integrada para la evaluación Profesor tiempo completo auxiliar 1, para las asignaturas de 1. Prácticas artísticas, que anexe la presente resolución al ACTA de calificación de méritos del cargo que corresponde y continúe con el procedimiento.
dc.description.abstractARTÍCULO 1.- No aceptar la impugnación presentada por la postulante Nataly Andrea Cáceres Santacruz, quién se postuló al cargo de Profesor a Tiempo Completo Auxiliar 1, para el Tronco Común, por los siguientes argumentos: - La postulante no presenta certificado de suficiencia lingüística, dominio oral y escrito o la aprobación de al menos 3 niveles en lenguas ancestrales; la Comisión Gestora, una vez revisado el Reglamento Interno de concurso de la UINPIAW, en donde establece que, para ocupar el cargo de profesor auxiliar, los postulantes deben presentar certificado de acreditar suficiencia lingüística, dominio oral y escrito o la aprobación de al menos 3 niveles en uno de los idiomas ancestrales por lo tanto, la postulante no cumple con el requisito establecido. ARTÍCULO 2.- Se ratifica lo actuado por la Comisión de Evaluación. ARTÍCULO 3.- Disponer a la Comisión integrada para la evaluación Profesor tiempo completo auxiliar 1, para las asignaturas de 1. Prácticas artísticas, que anexe la presente resolución al ACTA de calificación de méritos del cargo que corresponde y continúe con el procedimiento.
dc.description.sponsorshipUniversidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi
dc.identifier.citationPomboza, P.; Chuquizala, J. (2022) CG-068-2022
dc.identifier.otherCG-068-2022
dc.identifier.urihttps://naku.uaw.edu.ec/handle/123456789/172
dc.language.isoes
dc.publisherSecretaría Comisión Gestora
dc.relation.ispartofseriesCG-068-2022; CG-068-2022
dc.titleCG-068-2022
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