CG-055-2022
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Fecha
2022-10-19
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Editor
Secretaría Comisión Gestora
Resumen
Artículo 1. Acepta la impugnación del postulante Raymy Rafael Chiliquinga Masaquiza en razón de los siguientes argumentos:
De conformidad al Anexo II del codificado del Reglamento de Armonización de la Nomenclatura de Títulos Profesionales y Grados Académicos que confieren las Instituciones de Educación Superior del Ecuador, aprobado por el Consejo de Educación Superior mediante Resolución RPC-SE-13-No.040-2021 y reformado a través de Resolución RPC-SO-19-No.515-2021 de 25 de agosto de 2021, el título del postulante es de "Magister en Educación Especial" el mismo que se encuentra en el campo detallado del perfil de puesto a concurso, es decir "Formación para docentes sin asignaturas de especialización" en el Programa de "Educación Especial", y se procede a la calificación de la fase de merecimiento.
Artículo 2. De conformidad con la aceptación de la apelación total del postulante respecto de la pertinencia del título de cuarto nivel que se encuentra en el campo detallado de “Formación para docentes sin asignatura de especialización” en el programa de “Educación Especial”, se procede a la calificación de la fase de merecimientos.
Artículo 3.- Disponer a la Comisión de Evaluación para el cargo de Profesor Tiempo Completo Auxiliar 1, para las asignaturas de 1. Salud integral de la familia y la comunidad. 2. Inteligencia emocional, identidad y autoestima en el desarrollo infantil, que anexe la presente resolución al Acta de calificación de méritos del cargo que corresponde y continúe con el procedimiento.
Descripción
Artículo 1. Acepta la impugnación del postulante Raymy Rafael Chiliquinga Masaquiza en razón de los siguientes argumentos:
De conformidad al Anexo II del codificado del Reglamento de Armonización de la Nomenclatura de Títulos Profesionales y Grados Académicos que confieren las Instituciones de Educación Superior del Ecuador, aprobado por el Consejo de Educación Superior mediante Resolución RPC-SE-13-No.040-2021 y reformado a través de Resolución RPC-SO-19-No.515-2021 de 25 de agosto de 2021, el título del postulante es de "Magister en Educación Especial" el mismo que se encuentra en el campo detallado del perfil de puesto a concurso, es decir "Formación para docentes sin asignaturas de especialización" en el Programa de "Educación Especial", y se procede a la calificación de la fase de merecimiento.
Artículo 2. De conformidad con la aceptación de la apelación total del postulante respecto de la pertinencia del título de cuarto nivel que se encuentra en el campo detallado de “Formación para docentes sin asignatura de especialización” en el programa de “Educación Especial”, se procede a la calificación de la fase de merecimientos.
Artículo 3.- Disponer a la Comisión de Evaluación para el cargo de Profesor Tiempo Completo Auxiliar 1, para las asignaturas de 1. Salud integral de la familia y la comunidad. 2. Inteligencia emocional, identidad y autoestima en el desarrollo infantil, que anexe la presente resolución al Acta de calificación de méritos del cargo que corresponde y continúe con el procedimiento.
Palabras clave
Citación
Pomboza, P.; Chuquizala, J. (2022) CG-055-2022