CG-048-2023
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Fecha
2023-04-20
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Editor
Secretaría Comisión Gestora
Resumen
Artículo único. No aceptar la apelación presentada por el postulante Moya López Carlos Fernando con CC: 1804076071, de acuerdo a los siguientes criterios:
La postulación presentada no cumplió con las especificaciones descritas en las Bases para el II Concurso de Merecimientos y Oposición para ocupar quince (15) puestos vacantes: doce (12) puestos de Personal Académico Auxiliar 1 y tres (3) puestos de Personal Titular Agregado 1 de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi.
De igual forma en los documentos enviados durante la postulación imposibilitan la valoración de experiencia docente en educación superior y la acreditación de suficiencia lingüística, dominio oral y escrito o la aprobación de al menos 3 niveles en uno de los idiomas ancestrales.
Adicionalmente, durante la fase de impugnación, el postulante remite documentación nueva que no fue presentada durante la fase de postulación; y en vista de que no cumple con uno de los requisitos establecidos en el artículo 23 literal e) del Reglamento Interno de Carrera y Escalafón del Personal Académico de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi que refiere a acreditar la suficiencia lingüística; dominio oral y escrito; o la aprobación de al menos 3 niveles en uno de los idiomas ancestrales.
Descripción
Artículo único. No aceptar la apelación presentada por el postulante Moya López Carlos Fernando con CC: 1804076071, de acuerdo a los siguientes criterios:
La postulación presentada no cumplió con las especificaciones descritas en las Bases para el II Concurso de Merecimientos y Oposición para ocupar quince (15) puestos vacantes: doce (12) puestos de Personal Académico Auxiliar 1 y tres (3) puestos de Personal Titular Agregado 1 de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi.
De igual forma en los documentos enviados durante la postulación imposibilitan la valoración de experiencia docente en educación superior y la acreditación de suficiencia lingüística, dominio oral y escrito o la aprobación de al menos 3 niveles en uno de los idiomas ancestrales.
Adicionalmente, durante la fase de impugnación, el postulante remite documentación nueva que no fue presentada durante la fase de postulación; y en vista de que no cumple con uno de los requisitos establecidos en el artículo 23 literal e) del Reglamento Interno de Carrera y Escalafón del Personal Académico de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi que refiere a acreditar la suficiencia lingüística; dominio oral y escrito; o la aprobación de al menos 3 niveles en uno de los idiomas ancestrales.
Palabras clave
Citación
Pomboza, P.; Chuquizala, J. (2023) CG-048-2023