CE-018-2023

Resumen
Artículo 1.- Dar por conocido el escrito receptado el 24 de noviembre de 2023, suscrito por Ángel Hatari Sarango Saca con cédula de ciudadanía número 110594161-9 en el que consta las rectificaciones, documentos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Rechazar la inscripción de la candidatura de los postulantes: Doctor Armando Homero Muyolema Calle para Rector, Doctora Ana Cristina Benavides Morales para Vicerrectora Académica, Intercultural y Comunitaria; y, Doctor Freddy Enrique Simbaña Pillajo para Vicerrector de Gestión Comunitaria, Investigación y Vinculación con la Sociedad., respectivamente, en virtud de no haber reunido los requisitos establecidos en los artículos 33, 35 y 36 del Reglamento de Elecciones para Rector, Vicerrector Académico, Intercultural y Comunitario y Vicerrector de Gestión Comunitaria, Investigación y Vinculación con la Sociedad, representantes al Consejo Superior Universitario de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas, AMAWTAY, en consecuencia dicha candidatura queda invalidada, conforme lo establece el artículo 63 del Reglamento de Elecciones.
Descripción
Artículo 1.- Dar por conocido el escrito receptado el 24 de noviembre de 2023, suscrito por Ángel Hatari Sarango Saca con cédula de ciudadanía número 110594161-9 en el que consta las rectificaciones, documentos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Rechazar la inscripción de la candidatura de los postulantes: Doctor Armando Homero Muyolema Calle para Rector, Doctora Ana Cristina Benavides Morales para Vicerrectora Académica, Intercultural y Comunitaria; y, Doctor Freddy Enrique Simbaña Pillajo para Vicerrector de Gestión Comunitaria, Investigación y Vinculación con la Sociedad., respectivamente, en virtud de no haber reunido los requisitos establecidos en los artículos 33, 35 y 36 del Reglamento de Elecciones para Rector, Vicerrector Académico, Intercultural y Comunitario y Vicerrector de Gestión Comunitaria, Investigación y Vinculación con la Sociedad, representantes al Consejo Superior Universitario de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas, AMAWTAY, en consecuencia dicha candidatura queda invalidada, conforme lo establece el artículo 63 del Reglamento de Elecciones.
Palabras clave
Citación
Simbaña, M.; Torres, E. (2023) CE-018-2023